A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Esperanza Nuñez Alvarez·Demandado Secretaria De Transito Y Transporte De San Gil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 2 Civil Municipal de Cúcuta y el Juzgado 1 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por parte demandante.
La Corte dio aplicación al criterio a prevención y privilegió la elección de la parte actora.
Por lo anterior, dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se le advirtió al precitado operador jurídico que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS los Autos de 18 de junio de 2025, proferidos por el Juzgado 001 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil, dentro del trámite de la acción de tutela promovida por la señora Esperanza Núñez Álvarez, a través de apoderado, en contra de Secretaría de Tránsito de San Gil.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5060 al Juzgado 001 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y a los Juzgados 002 Civil Municipal de Cúcuta y 001 Penal Municipal para Adolescentes de San Gil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.