Micelio
Auto25 de agosto de 2026

A-1127 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR INFUNDADAS las manifestaciones de impedimento presentadas por el magistrado Carlos Camargo Assis en el expediente T-11.939.648.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR que contra esta decisi�n no procede recurso alguno. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �01AccionTutela�. [2] Ibid. P�gina 1. [3] Ibid. P�gina 1. [4] Ibid. P�gina 1. [5] Ibid. P�gina 3. [6] Ibid. P�gina 3. [7] Ibid. P�gina 2. [8] Ibid. P�gina 2. [9] Ibid. P�ginas 4 y 5. [10] Ibid. P�gina 17. [11] Ibid. P�gina 18. [12] Expediente digital, archivo �28FalloTutela�. P�gina 27. [13] Ibid. P�gina 27. [14] Ibid. P�gina 23. [15] Ibid. P�gina 23. [16] Ibid. P�gina 27. [17] Expediente digital, archivo �39Decision2Instancia2025 00535 01�. [18] Ibid. P�gina 12. [19] Expediente digital, archivo �Impedimento_Dr._Carlos_Camargo_T-11.939.648�. [20] Expediente digital, archivo ��. P�gina 1. [21] Expediente digital, archivo �Impedimento_Dr._Carlos_Camargo_T-11.939.648_Defensoria_Catatumbo_954608927246146718.pdf�. [22] Expediente digital, archivo �01AccionTutela�. [23] Seg�n el cual son funciones del defensor del pueblo �[h]acer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violaci�n a los Derechos Humanos y velar por su promoci�n y ejercicio�. [24] Ibid. P�gina 1. [25] Ibid. P�gina 1. [26] El art�culo 95 del Acuerdo 01 de 2025 dispone que �[e]n la revisi�n de acciones de tutela, la magistrada o el magistrado en quien concurran causales de impedimento previstas en el C�digo de Procedimiento Penal deber� declararse impedida o impedido, so pena de incurrir en las sanciones penales y disciplinarias correspondientes. En dichos procesos conocer� del impedimento el resto de los magistrados de las Salas de Selecci�n, Revisi�n, de Seguimiento o Plena, seg�n el caso. En el evento de esta disposici�n se observar� el tr�mite contemplado en el art�culo 27 del Decreto 2067 de 1991�. [27] De acuerdo con esta norma, �[l]os restantes magistrados de la Corte decidir�n en la misma sesi�n si el impedimento es o no fundado. En caso afirmativo, declarar�n separado del conocimiento al magistrado impedido y sortear�n el correspondiente conjuez. Y, en caso negativo, el magistrado continuar� participando en la tramitaci�n y decisi�n del asunto�. [28] Corte Constitucional, Auto 004 de 2025, basado a su vez, en el Auto 285 de 2021. [29] Ibid. [30] Ibid. [31] Ibid. [32] Auto 285 de 2021 reiterado en el Auto 004 de 2025. [33] Corte Constitucional, autos 1009 de 2021 y 2628 de 2023. [34] Corte Constitucional, Auto 333 de 2021. [35] Corte Constitucional, Auto 585 de 2017. [36] Auto del 6 de abril de 2005. MP. Edgar Lombana Trujillo. [37] Corte Constitucional, Auto 1572 de 2024. [38] Corte Constitucional, Auto 485 de 2020. [39] Corte Constitucional, Auto 2051 de 2024. [40] Expediente digital, archivo �01AccionTutela�. [41] Alerta temprana AT-026 de 2022. Enlace de consulta: https://alertasstg.blob.core.windows.net/alertas/026-22.pdf [42] Alerta temprana AT-026 de 2023. Enlace de consulta: https://alertasstg.blob.core.windows.net/alertas/026-23.pdf [43] Alerta temprana AT-021 de 2024. Enlace de consulta: https://alertasstg.blob.core.windows.net/alertas/021-24.pdf [44] Ibid. P�gina 1.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.