Micelio
Auto12 de agosto de 2026

A-1125 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad contra la Sentencia C-075/26.

El peticionario alegó la causal de violación del debido proceso consagrado en el artículo 133 numeral 7 de Código General del Proceso.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos de procedencia encontró la Sala Plena de la Corporación que no se satisfizo el de legitimación.

Con base en lo anterior se RECHAZÓ la nulidad invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por el se�or Brayan Steven Moreno Guti�rrez contra la Sentencia C-075 de 2026, por incumplir con el requisito de legitimaci�n.
  2. SEGUNDO. Contra el presente auto no procede recurso alguno. Comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado Con impedimento aceptado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Disponible en https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=146792 [2] Solicitud de nulidad, p. 5. [3] Corte Constitucional, autos 322 de 2026, 1264 de 2025 y 043 de 2021. [4] La base argumentativa de este ac�pite se retoma del Auto 1264 de 2025 y 822 de 2024. [5] Corte Constitucional, autos 1264 de 2025, 320 de 2018, 020 de 2017, entre otros. [6] Corte Constitucional, autos 1264 de 2025 y 552 de 2021. [7] Corte Constitucional, Auto 501 de 2024. [8] Corte Constitucional, autos 1264 de 2025 y 552 de 2021. [9] Corte Constitucional, autos 822 de 2024, 068 de 2019 y 547 de 2018, entre otros. [10] Corte Constitucional, Autos 1264 de 2025 y 501 de 2024. [11] Corte Constitucional, Auto 732 de 2021. Ver tambi�n el Auto 192 de 2024. [12] Corte Constitucional, Auto 177 de 2021. [13] Ver Autos 075, 388, 389, 390, 391, 392, 393 y 340 de 2026. [14] https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2023/C-464-23.htm [15] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=65634 [16] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=67546 [17] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=107255 [18] Disponible en https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=138087 . [19] Corte Constitucional, autos 1147 de 2025 y 331, 527 y 1443 de 2022. [20] En el Auto 392 de 2026 se resolvi�:
  3. PRIMERO. RECHAZAR por improcedentes los recursos de reposici�n y s�plica interpuestos por el ciudadano Brayan Steven Moreno Guti�rrez.
  4. SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de esta providencia al solicitante por intermedio de la Secretar�a General y ADVERTIRLE que contra esta no procede recurso alguno. [21] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=147573 [22] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=147572 [23] https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=141035
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.