A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Flor Ángela Rueda Rojas·Demandado Colpensiones / Dirección Ejecutiva Seccional De Administración Judicial De Medellín -Antioquia / Coordinadora De Asuntos Laborales De La Dirección Ejecutiva De Administración Judicial De Medellín
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia y la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín.
En el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la segunda autoridad involucrada aplicó las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021 para declarar su falta de competencia, pese a que la Corte Constitucional ha reiterado que las reglas previstas en dicha norma, y las reglas de reparto en general, no pueden ser usadas por el juez de tutela para rechazar la competencia o declarar la incompetencia de otra autoridad judicial.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hace una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela con base en las reglas administrativas de reparto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 31 de mayo de 2022 proferido por la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el marco de la acción de tutela promovida por Flor Ángela Rueda Rojas en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones y la Coordinadora de Asuntos Laborales de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Medellín, Antioquia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4222 a la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela presentada por la accionante.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela con base en las reglas administrativas de reparto.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y a la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia de la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.