Micelio
Auto10 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Carrasco Bernal Carlos Fernando·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no corrigió las deficiencias advertidas en el auto inadmisorio.

La Sala Plena concluyó que el recurso impetrado no cumplió con la carga argumentativa necesaria para cuestionar la providencia de rechazo.

Esto, porque el demandante no se refirió a ningún error o inconsistencia ni controvirtió los fundamentos sostenidos por el magistrado sustanciador, sino que, por el contrario, se limitó a insistir y reiterar las razones planteadas en la demanda y la corrección que fueron valoradas en el estudio de admisibilidad.

Con base en lo anterior, se RECHAZÓ la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano Carlos Fernando Carrasco Bernal contra el Auto del 27 de mayo de 2024 proferido por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, mediante el cual se rechazó la demanda, por no cumplir con los requisitos de oportunidad y carga argumentativa.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, advirtiéndole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Una vez quede ejecutoriado el presente auto, ARCHIVAR el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.