Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
- Competencia excepcional para conocer solicitud de cumplimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la sentencia T-359/15.
El peticionario argumentó que los impactos que fueron identificados no se han minimizado y que por tanto la afectación de derechos fundamentales persiste.
La Corte considera que le corresponde a la autoridad judicial de primera instancia velar por el cumplimiento de la providencia de la referencia y, en consecuencia, decide NEGAR lo rogado y remitir el escrito al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, para que proceda conforme a su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud de asumir el cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-359 de 2015, formulada por Fredy Edison García, en calidad de Gobernador del Cabildo Awá del Alto Temblón, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa (Putumayo) la solicitud presentada por Fredy Edison García, para que proceda conforme a su competencia.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia al señor Fredy Edison García.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.