Micelio
Auto3 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo

Demandante De Oficio Procesados Nieto Riaño Marco Tulio Y Otros·Demandado Nieto Riaño Marco Tulio Y Otros

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-No Obra Pronunciamiento De La Comunidad Indígena En El Que Se Reclame El Conocimiento Del Asunto.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio.

La controversia tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de varios ciudadanos que presuntamente serían miembros de un grupo delicuncial.

La Sala encuentra que el conflicto propuesto es inexistente porque no satisface el presupuesto subjetivo.

Esto, debido a que no existe controversia entre dos autoridades judiciales acerca del conocimiento del trámite.

Por lo tanto, la Sala Plena se inhibirá de resolver el asunto.

En consecuencia, envía el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las partes e intervinientes en el trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse en el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2278 al Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.