Micelio
Auto8 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Juzgado Promiscuo Municipal De Buesaco Nariño·Demandado Riascos Eraso Edgar Efren

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto-Disputa Sobre La Competencia Para Conocer Una Actuación Administrativa Sobre Empleado De La Rama Judicial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Tribunal Superior de Pasto y la Procuraduría Regional de Instrucción de Nariño.

Dicha controversia versaba sobre la determinación de la autoridad encargada para decidir sobre un impedimento presentado por la titular del Juzgado Promiscuo Municipal de Buesaco, Nariño, dentro de un proceso para la declaratoria de vacancia de un empleo por abandono de cargo.

La Corte, advierte que no cuenta con la competencia para dirimir este tipo de conflictos que recaen sobre asuntos administrativos.

En consecuencia, se declara inhibida y remite el asunto a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, como autoridad competente para resolver el presente conflicto de competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pasto y la Procuraduría Regional de Instrucción de Nariño, en relación con la competencia para conocer del impedimento presentado en el marco del trámite administrativo para la declaratoria de vacancia de un empleo por abandono de cargo de un empleado de la Rama Judicial.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3166 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.