Micelio
Auto8 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Arias Acosta Jorge Eduardo·Demandado Banco De La Republica

Tema · dato duro
Controversia Sobre El Reconocimiento De La Existencia De Una Relación Laboral Con Una Institución Financiera Pública Regulada Por La Superintendencia Financiera.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre el reconocimiento de la existencia de una relación laboral con una institución financiera pública regulada por la Superintendencia Financiera
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué y el Juzgado Noveno Administrativo Oral de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que interpuso un ciudadano en contra del Banco de la República, pretendiendo la declaratoria de la existencia de una relación laboral entre las partes, a través de un contrato a término indefinido.

Igualmente, para que se reconociera que al momento del despido existía un conflicto colectivo entre el demandado y la Asociación Nacional de Empleados del Banco de la República, por lo que, estaba cobijado por fuero circunstancial y por tanto le asistía el derecho al reintegro.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se aplicó la regla de decisión del Auto 395 de 2021, en virtud de la cual se estableció que, la solicitud de declaratoria de existencia de un contrato de trabajo entre una entidad financiera de carácter público y un trabajador con fuero circunstancial debe ser conocida por la jurisdicción ordinaria laboral.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué (Tolima) y el Juzgado
  3. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué (Tolima) es la autoridad competente para conocer la demanda ordinaria laboral presentada por Jorge Eduardo Arias Acosta en contra del Banco de la República.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3088 al Juzgado
  6. Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué (Tolima), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.