Micelio
Auto3 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Colpensiones·Demandado Prieto Gonzalez Darling Fernando

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado 39 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se enmarca en el proceso iniciado por Colpensiones para que se declare la nulidad de la Resolución GNR 393361 del 29 de diciembre de 2016, mediante la cual le reconoció una pensión de invalidez a un afiliado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró lo dispuesto en el Auto 316 de 2021, la Corte resolvió el conflicto en el sentido de declarar que le corresponde al Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por Colpensiones.

En consecuencia, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que les comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 39 Laboral del Circuito de Bogotá y DECLARAR que el Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones contra la Resolución GNR 393361 del 29 de diciembre de 2016, mediante la cual se le reconoció una pensión de invalidez al señor Darling Fernando Prieto González.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIRLE el expediente CJU-1664 al Juzgado 23 Administrativo del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 39 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.