Micelio
Auto1 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-La Jurisdicción Especial Indígena No Se Pronunció Respecto De La Competencia Para Conocer Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali.

El presente asunto comienza en la audiencia de acusación realizada dentro de un proceso penal en contra de un ciudadano por el punible de acceso carnal violento, en la cual la defensora del imputado expresó que se estaba ante un conflicto de jurisdicciones debido a que su prohijado pertenecía al resguardo indígena Nasa de Las Delicias, razón por la cual eran las autoridades indígenas las encargadas de conocer el caso.

Luego de verificar el cumplimiento de presupuestos objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.

Ello, por cuanto no existe pronunciamiento de las autoridades de la jurisdicción especial indígena en el que reclamen o nieguen su competencia para asumir el proceso descrito con anterioridad.

Con base en lo anterior se ordena el envío del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Cali con Funciones de Conocimiento para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-767 al Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de Cali con Funciones de Conocimiento para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.