Micelio
Auto1 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativa y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado 34 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia nace en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones en contra de una Resolución propia a través dela cual la entidad reliquidó la pensión de vejez a uno de sus afiliados.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que el conocimiento del precitado proceso le corresponde al Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, a donde ordenó enviar el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.

La anterior declaratoria se adoptó con base a la regla de decisión fijada en el Auto 316/21 y reiterada en los Autos 382 y b384 de 2021, mediante los cuales se estableció que en casos en los cuales una entidad de naturaleza pública, demande un acto administrativo propio, la jurisdicción de lo contencioso administrativo será competente para conocer y dar trámite al asunto, de conformidad a los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogota y el Juzgado 34 Laboral del Circuito de Bogota y, DECLARAR que el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento promovido por Colpensiones contra la Resolucion SUB-209834 del 27 de septiembre de 2017, mediante la cual dicha entidad reliquido la pension de vejez del senor Salek George Abraham, corresponde al Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogota.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente CJU-729 al Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogota, para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y comunique la presente decision al Juzgado 34 Laboral del Circuito de Bogota y a los sujetos procesales dentro del asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.