A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Juzgado Promiscuo Municipal De Sotaquira·Demandado Gomez Pinzon Sandra Milena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Presunto conflicto entre jurisdicciones suscitado por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá y la Procuraduría Provincial de Instrucción de Tunja.
Dicha controversia se originó respecto al conocimiento de un proceso disciplinario adelantado en contra de una auxiliar de la justicia.
La Sala Plena constata que carece de competencia para conocer el conflicto planteado, en la medida que no es un conflicto entre “distintas jurisdicciones”, por lo que no es posible realizar un pronunciamiento de fondo y se declara inhibida para adoptar una decisión sobre la controversia.
Por lo anterior, la Sala Plena remitió el presente expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia, a partir de lo dispuesto en los artículos 39 y 112.10 del CPACA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá y Casanare y la Procuraduría Provincial de Instrucción de Tunja.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2926 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.