Micelio
Auto1 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva Contra Entidad Pública Que Pretende El Pago De Cuotas Partes Pensionales.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos en los que se pretende el pago de cuotas partes pensionales reconocidas mediante actos administrativos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.

Esta controversia se origina en la demanda ejecutiva promovida por la Universidad del Valle en contra del departamento de Sucre/Secretaría de Salud, teniendo como pretensiones el pago de unas cuotas partes pensionales de la pensión de jubilación de un afiliado, el pago de cuotas en adelante causadas por el mismo concepto y el pago de los intereses moratorios correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que el conocimiento del precitado proceso le corresponde al Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Sincelejo, a donde ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Esta decisión se adoptó siguiendo la regla de decisión fijada en el Auto 859/21, mediante el cual se señaló que e los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de cuotas partes pensionales reconocidas en actos administrativos, que no se enmarquen dentro de los supuestos establecidos en el artículo 104.6 del CPACA, son competencia de los jueces ordinarios en su especialidad laboral y de seguridad social.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Sincelejo es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva interpuesta por la Universidad del Valle en contra del departamento de Sucre -Secretaría de Salud departamental de Sucre-.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-624 al Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Sincelejo, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Sincelejo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.