Micelio
Auto19 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Cepeda Pabón Juan Pedro·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque en el escrito de subsanación el actor no se pronunció sobre la configuración de la cosa juzgada y persistió en los demás defectos señalados en el auto inadmisorio.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que el recurso deprecado no cumplió con el requisito de carga argumentativa necesaria para emitir un pronunciamiento de fondo y, por eso, decidió RECHAZARLO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por no cumplir con el requisito de carga argumentativa, el recurso de súplica presentado por el señor Juan Pedro Cepeda Pabón en contra del Auto del 24 de mayo de 2024, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada contra el artículo 192B (parcial) de la Ley 270 de 1996.
  2. SEGUNDO. A través de la secretaría general de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-15818.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.