Micelio
Auto8 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Sintrasema Central·Demandado Municipio De Caldas

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto-Asunto Interno De La Misma Jurisdicción.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencias entre el Juzgado 1º Civil del Circuito de Caldas (Antioquia) y el Juzgado Promiscuo Municipal del mismo municipio.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la demanda ejecutiva que interpuso SINTRASEMA en contra del municipio de Caldas, pretendiendo que se librara mandamiento de pago por los montos adeudados y no pagados en virtud de la conmemoración del día del trabajador de los años 2020, 2021 y 2022, al igual que los respectivos intereses moratorios.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones consideró la Corte que no es competente para resolver la controversia planteada, habida cuenta que los argumentos presentados por el segundo despacho tienen más relación con un conflicto entre autoridades que forman parte de la misma jurisdicción, que con un conflicto entre jurisdicciones.

Con base en lo anterior la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín para que proceda a dirimir el conflicto de competencia planteado y comunique la presente decisión a los interesados en su trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Caldas (Antioquia) y el Juzgado Civil del Circuito de Caldas (Antioquia), en relación con la competencia para conocer el proceso ejecutivo de mínima cuantía iniciado por el Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de los Municipios y Entes Descentralizados - SINTRASEMA- en contra del municipio de Caldas (Antioquia).
  2. Segundo. DEVOLVER el expediente CJU-2713 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín para que (i) proceda a dirimir el conflicto de competencia entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Caldas (Antioquia) y el Juzgado Civil del Circuito de Caldas (Antioquia) y (ii) comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.