Micelio
Auto23 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante --·Demandado Barbosa Barreto Mauricio

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Legitime A La Fiscalía Para Promover Un Conflicto Negativo Entre La Jurisdicción Ordinaria Y La Justicia Penal Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente entre la Fiscalía 146 Penal Militar y Policial de Bogotá y la Fiscalía 298 Seccional de la misma ciudad, suscitado por una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, patrullero de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de homicidio, en hechos ocurridos en inmediaciones del Portal de Las Américas, en Bogotá, D.C.

Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que, en este caso, no se cumple con el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto de tal naturaleza, dado que no se presentó una disputa entre dos autoridades que administran justicia y sean de distintas jurisdicciones.

Se advierte que la Fiscalía 146 Penal Militar y Policial sí trabó el conflicto en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales.

No obstante, ello no ocurre en el caso de la Jurisdicción Ordinaria, esto se debe a que, en este asunto, la Fiscalía 298 Seccional de Bogotá no estaba legitimada para plantear la controversia mencionada, pues la presunta conducta catalogada como homicidio, cometido por un agente de la Policía en el marco de una persecución no reúne, en principio, los criterios establecidos por la jurisprudencia constitucional para ser tratado como una violación grave a los derechos humanos.

La Corte se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para dirimir el conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 146 Penal Militar y Policial de Bogotá y la Fiscalía 298 Seccional de la misma ciudad, por las razones expuestas en la presente decisión.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6749 a la Fiscalía 298 Seccional de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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