Micelio
Auto19 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Marcos Tulio Ulcue Ulcue·Demandado Septima Division Ejercito Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Competencia A Prevención En Tutela
  • En aquellos casos donde varios despachos judiciales tengan competencia para conocer de la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección adoptada por el accionante
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Florencia y el Juzgado Segundo Administrativo de Neiva.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Con aplicación del criterio “a prevención”, la Corte determinó que el juzgado que debe dar trámite a la acción de tutela es el Segundo Administrativo de Neiva, a donde remitió el expediente para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 14 de mayo de 2024 proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Administrativo de Neiva, Huila, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Marcos Tulio Ulcue Ulcue en contra de la teniente coronel Claudia Marcela Cruz Carranza, Séptima División del Ejército Nacional, Oficina de Medicina Laboral DISAN Medellín, Antioquia.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4685 al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo de Neiva, Huila, para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de esta Corte, COMUNICAR la presente decisión al accionante y al Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Florencia, Caquetá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.