A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Veintiséis Administrativo de Oralidad de Bogotá y el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por una ciudadana en contra del Distrito Capital/Secretaría Distrital de Integración Social, buscando la declaratoria de nulidad del acto administrativo contenido en el oficio que le negó la existencia y reconocimiento de una relación laboral, fundada en los contratos de prestación de servicios celebrados como maestra y, en consecuencia, reconocer y pagar los derechos laborales y prestaciones sociales correspondientes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 492/21 mediante el cual estableció que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo los procesos promovidos para determinar la existencia de relaciones laborales con el Estado, presuntamente encubiertas a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios.
Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al Juzgado Veintiséis Administrativo de Oralidad de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdiccion entre el Juzgado Veintiseis Administrativo de Oralidad de Bogota y el Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintiseis Administrativo de Oralidad de Bogota es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por la senora Martha Eugenia Herrera Rodriguez contra la Secretaria Distrital de Integracion Social de Bogota.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-218 al el Juzgado Veintiseis Administrativo de Oralidad de Bogota para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados y al Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.