A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la jurisdicción ordinaria civil siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus funciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 18 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 62 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se da debido a la demanda de responsabilidad civil contractual presentada por el municipio de Medina (Cundinamarca) en contra del Banco Agrario de Colombia S.A, en el cual pretende la declaratoria de incumplimiento de los contratos de cuentas corrientes suscritos entre las partes.
Luego de analizar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que le corresponde al Juzgado 18 Civil del Circuito de Bogotá dar trámite al proceso mencionado.
Se remite el expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Como regla de decisión se estableció que, cuando o incumplimiento de contratos de cuentas corrientes celebrados por entidades públicas que tienen el carácter de instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera (como el Banco Agrario de Colombia S.A.), la controversia será de conocimiento de la Jurisdicción Ordinaria, siempre que las actividades correspondan al giro ordinario de sus negocios, en aplicación de la excepción prevista en el numeral 1° del artículo 105 del CPACA, frente a las competencias de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 62 Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado 18 Civil del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por el municipio de Medina en contra del Banco Agrario de Colombia S.A, le corresponde al Juzgado 18 Civil del Circuito de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-112 al Juzgado 18 Civil del Circuito de Bogota para que, de manera inmediata, continue con el tramite de la referida demanda y para que comunique la presente decision al Juzgado 62 Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del tramite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.