Micelio
Auto11 de marzo de 2020

A- de 2020

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Aguas De Bogota

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
  • Negar por cuanto cargos planteados son infundados y se pretende reabrir debate jurídico
  • Improcedencia por falta de carga argumentativa
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia T-478/19.

La Empresa Aguas de Bogotá adujo que la Sala de Revisión desconoció el carácter subsidiario y residual de la acción de tutela; incurrió en violación directa de la Constitución Política por apartarse del criterio de interpretación y posición jurídica de la Sala Plena de la Corporación, establecida a través de sentencias de unificación sobre el tema del fuero de estabilidad reforzada por condición de salud y, violó el debido proceso por indebida valoración de las pruebas y por indebida fundamentación fáctica.

La Sala Plena considera que la petición formulada no está llamada a prosperar, en tanto advierte que lo que busca es reabrir el debate fáctico y jurídico sobre aspectos planteados y decididos por la Corte Constitucional en el referido fallo.

Se RECHAZA

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad de la sentencia T-478 de 2019, proferida por la Sala Septima de Revision de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. Comunicar la presente providencia al peticionario, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.