Micelio
Auto27 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante De Oficio Procesado Cruz Uni Edier·Demandado Cruz Uni Edier

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-Uno De Los Funcionarios No Ha Emitido Pronunciamiento Alguno En El Que Reclame O Rechace La Competencia Para Conocer El Caso.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Bolívar (Cauca) y la Jurisdicción Indígena Cabildo Yanacona de San Sebastián.

La Sala Plena constata que en el asunto sub examine no se acredita el presupuesto subjetivo de los conflictos entre jurisdicciones, en la medida que no existe una controversia efectiva entre dos autoridades judiciales que reclamen para sí o nieguen la competencia frente al caso en cuestión.

En efecto, aunque el vicegobernador del cabildo indígena Yanacona de San Sebastián expresó su intención de que el asunto fuera remitido a la jurisdicción indígena, el juez Promiscuo del Circuito de Bolívar (Cauca) no ha emitido pronunciamiento alguno en el que reclame o rechace la competencia para conocer el caso.

En consecuencia, la Sala Plena se declaró inhibida para decidir el presente asunto y ordenó el envío del expediente al Juzgado Promiscuo de Bolívar (Cauca) quien deberá comunicar la presente decisión a los interesados y al cabildo indígena Yanacona de San Sebastián.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia dentro de la causa penal en contra de Edier Cruz Uni por la presunta comisión del delito de actos sexuales con menor de catorce años23.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2452 al Jugado Promiscuo del Circuito de Bolívar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.