Salvamento de voto al Auto 106 01 ESTADO SOCIAL DE DERECHO-Posición jurídica del individuo o del funcionario público (Salvamento de Voto)CORTE CONSTITUCIONAL-Organo aplicador de la Constitución CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Conocimiento para resolverlo debe ser expreso (Salvamento de Voto)COMPETENCIA A PREVENCION EN TUTELA-Alcance (Salvamento de Voto)AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER CONFLICTOS DE COMPETENCIA ENTRE DISTINTAS JURISDICCIONES (Salvamento de Voto)CORTE CONSTITUCIONAL-No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos SALA DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA-Dirime conflictos de competencias entre distintas jurisdicciones (Salvamento de Voto)PRINCIPIO DEL JUEZ NATURAL-Alcance (Salvamento de Voto)CORTE CONSTITUCIONAL-Inaplicación del precepto constitucional (Salvamento de Voto) REF. Expediente ICC-264Peticionario: Ricardo Pablo MassottaTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional carece de competencia para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Corte Constitucional. Auto de Sala Plena ICC-247 del 14 de marzo de 2001. Corte Constitucional. Autos de Sala Plena ICC-085 del 26 de septiembre de 2000 e ICC-160 del 21 de noviembre de 2000, entre otros. Corte Constitucional. Auto Sala Plena ICC-235 del 27 de febrero de 2001.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado