Micelio
Auto22 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Ricardo Pablo Massotta

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Inaplicación del precepto constitucional
  • No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
  • Organo aplicador de la Constitución
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
  • Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Presidente De La Republica
  • Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
Estado Social De Derecho
  • Posición jurídica del individuo o del funcionario público
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se desató el conflicto de competencia entre la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil y Agraria- y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la acción de tutela instaurada por el ciudadano de la referencia, toda vez que es el mencionado Tribunal el competente para conocer la acción de tutela, por ser el juez seleccionado a prevención por el accionante y en consideración a que el Decreto 404 de 2001 suspendió por un año la vigencia del Decreto 1382 de 2000.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Dirimir el conflicto de competencia entre la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Civil y Agraria- y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la accion de tutela instaurada por el senor Ricardo Pablo Massotta.
  2. Segundo. Senalar que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca es el competente para conocer la accion de tutela de la referencia, por ser el juez seleccionado a prevencion por el accionante y en consideracion a que el decreto 404 de 2001 suspendio por un ano la vigencia del decreto 1382 de 2000.
  3. Tercero. Remitir por Secretaria el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Seccion Segunda Subseccion "D"- para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.