Micelio
Auto3 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Activen La Facultad De La Fiscalía Para Reclamar La Competencia Cuando Hay Miembros De La Fuerza Pública Involucrados.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fiscalia General De La Nacion
  • Legitimación para promover conflictos de competencia entre jurisdicciones
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar de Bogotá y la Fiscalía 4 Seccional de Zipaquirá (Cundinamarca).

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación adelantada en contra de un Auxiliar de la Policía que con su arma de dotación le propinó un disparo en la cabeza a un compañero de la institución, lo cual le ocasionó la muerte.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte constató que no se satisfizo el primero, en la medida en que fue la Fiscalía mencionada la que remitió el expediente para que se resolviera la discusión planteada por el Juzgado de la referencia, sin que los hechos y la conducta objeto de investigación por el delito de homicidio, sin que el mismo constituya una grave vulneración de los derechos humanos, lo cual devino en su falta de legitimación en el caso concreto para ser parte del trámite.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente a la Fiscalía 4 Seccional de Zipaquirá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar de Bogotá y la Fiscalía 4 Seccional de Zipaquirá, ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo requerido para su configuración.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-221 a la Fiscalía 4 Seccional de Zipaquirá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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