A- de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia
- Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Dirección de Control Disciplinario de la Fiscalía General de la Nación y la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá.
La controversia se origina en una queja disciplinaria interpuesta por un ciudadano en contra de la directora de la entonces Fiscalía Nacional Especializada Antinarcóticos y Lavado de Activos por las irregularidades en las que incurrió como fiscal delegada, en un descubrimiento probatorio dentro de un proceso adelantado en un juzgado penal especializado de Bogotá D.C.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, concluyó la Corte que se trata de un conflicto de competencia, en tanto la controversia se trabó entre una autoridad judicial y una autoridad en ejercicio de una función administrativa.
Con base en lo anterior, la Sala Plena se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y ordenó remitir el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en su trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre la Dirección de Control Disciplinario de la Fiscalía General de la Nación y la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá (hoy en día Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial), en relación con la competencia para conocer de la queja disciplinaria presentada por Jairo Enrique Sánchez Díaz en contra de la abogada Luz Ángela Bahamón Florez.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-609 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.