Micelio
Auto12 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante De Oficio·Demandado Salazar Granados Antonio Jose

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá y el Juzgado 186 de Instrucción Penal Militar.

Se ocasiona la controversia por formulación de imputación de cargos en contra de un patrullero de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de peculado por apropiación, luego de encontrar que el rendimiento de combustible realizado en la motocicleta a él asignada, mostró un excedente de 377,8 galones de gasolina sin justificación.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el presupuesto subjetivo para dicho conflicto no se cumplió, ya que, según los documentos del expediente, no hubo disputa de competencia entre el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 186 de Instrucción Penal Militar por lo que la Corporación aduce que en este caso no se produjo un conflicto entre jurisdicciones sobre el cual la Corte deba pronunciarse.

Decide declararse inhibida para fallar y resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 186 de Instrucción Penal Militar y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DECLARARSE INHIBIDA para resolver el presunto conflicto de jurisdicción en relación con el proceso penal que cursa contra Antonio José Salazar Granados por la presunta comisión del delito de peculado por apropiación, al no acreditarse el presupuesto subjetivo para su configuración.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5260 al Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 186 de Instrucción Penal Militar y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.