A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Ingisa Construcciones Sas·Demandado Patrimonio Autonomo Derivado Denominado Fideicomiso San Juan De Arama Urbanizacion La Esperanza
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias alrededor de contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por transferencia de recursos del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Martín de los Llanos (Meta).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de controversias contractuales que interpuso Ingisa Construcciones SAS en contra de varias entidades, pretendiendo el desembolso, incluyendo intereses moratorios e indexación, correspondiente a la contraprestación pactada por la construcción del proyecto de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de los hogares a los que se refiere la ley 1537 de 2012.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones determinó la Corte que, e conformidad con el artículo 104.2 de la Ley 1437 de 2011, la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocerá de los procesos relativos a los contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por el Estado, a través de fiducias mercantiles orientadas a desarrollar programas y proyectos de interés público, independientemente de la naturaleza jurídica de la sociedad que ejerza su administración y vocería.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al otro operador jurídico involucrado y a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Martín de los Llanos, Meta. En consecuencia, DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio es competente para conocer la demanda instaurada por Ingisa Construcciones SAS contra el "Fideicomiso San Juan de Arama - Urbanización La Esperanza".
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2931 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Promiscuo del Circuito de San Martín de los Llanos, Meta, y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.