Micelio
Auto12 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Cubas Gallego Cristian Ignacio·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no subsanó las falencias advertidas en el auto inadmisorio.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que la súplica deprecada no cumplió con la carga argumentativa necesaria y que el demandante no expuso razones que dieran cuenta de que el magistrado sustanciador hubiera incurrido en algún yerro, olvido o arbitrariedad en el auto cuestionado.

Con base en lo anterior, lo RECHAZÓ, por improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR, por improcedente, el recurso de súplica interpuesto por el ciudadano Cristian Ignacio Cubas Gallego en contra del auto de 15 de mayo de 2024 que rechazó la demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 376 de la Ley 599 de 2000, "por la cual se expide el Código Penal".
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.