A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Margarita Cabello Blanco·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aceptar por intervención en la expedición de la norma acusada
- Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La Procuradora General de la Nación manifestó que se encontraba impedida para participar en el debate de constitucionalidad de la referencia, por estar incursa en la causal prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, esto es, haber intervenido en la expedición de la ley objeto de estudio.
Lo anterior, por cuanto en su anterior condición de ministra de Justicia y del Derecho, participó en los actos preparatorios del proyecto de ley aprobatorio del tratado internacional de la referencia.
Constató la Sala Plena de la Corporación que, según la regla de decisión fijada en el Auto 2636/23, en el presente caso se configura el impedimento manifestado por la jefa del Ministerio Público.
Consecuentemente con lo anterior, se ACEPTA el mismo y se corre traslado al Viceprocurador General de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente a la Procuradora General, para que rinda el concepto correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ACEPTAR el impedimento presentado por la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello Blanco, para emitir el concepto del que tratan los artículos 242.2 y 278.5 de la Constitución Política, en el expediente LAT-495.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, CORRER TRASLADO al viceprocurador general de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente a la procuradora general de la Nación, para que rinda el concepto correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.