Micelio
Auto5 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Chica Duque Felipe·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el demandante no subsanó las falencias advertidas en el auto inadmisorio.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que el recurso impetrado no cumplió con la carga argumentativa requerida para revocar la providencia cuestionada, ya que el actor sólo centró su atención en reiterar argumentos que no fueron aceptados y en manifestar que no compartía la fundamentación que acogió el despacho sustanciador.

Con base en lo anterior, se RECHAZÓ la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano Felipe Chica Duque contra el Auto del 26 de abril de 2024 proferido por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera en el marco de la demanda de inconstitucionalidad promovida contra el numeral 3° del artículo 112 (parcial) de la Ley 270 de 1996, "Estatutaria de Administración de Justicia", radicado bajo el expediente D-15.773.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.