Micelio
Auto26 de mayo de 2010

A- de 2010

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Ruby Judith Bovea Torres Vs Ministerio De La Proteccion Social·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos de procedencia
  • Improcedencia por pretender reabrir debate y haber identidad de partes, objeto y causa en sentencia T-679/09 sobre revocatoria de acto que suspendió derecho pensional
Corte Constitucional
  • Existencia de fallos de primera y segunda instancia que tengan resultado diferente no constituye límite para tomar determinaciones distinta
Incidente De Nulidad
  • Mecanismo excepcional por vulneración del debido proceso
  • Impone al tutelante la carga de probar de manera clara que el fallo efectivamente se profirió de manera irregular
Sentencias Proferidas Por Jueces De Instancia
  • No son vinculantes para la Corte Constitucional
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de nulidad de la sentencia de la referencia, por parte de la accionante alegando que no en la acción interpuesta no se incurrió en temeridad debido a que la presente acción se basó en nuevos hechos.

La Sala encuentra que el incidente adolece de argumentos válidos para poder demostrar la vulneración por parte del Despacho al derecho al debido proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR por improcedente la solicitud de nulidad de la Sentencia T-679 de 2009, proferida por la Sala Segunda de Revision de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. Comuniquese la presente providencia a la peticionaria, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
  3. Tercero. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que efectue la devolucion del expediente T-2247405 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Seccion Segunda Subseccion A-.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.