A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Hospital Universitario Del Valle Evaristo Garcia Ese·Demandado Municipio De Santiago De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias dinerarias reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 11 Civil del Circuito de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
La controversia se suscita en el marco de una causa judicial con ocasión de la demanda ejecutiva presentada por los representantes legales de la Clínica Guadalajara de Buga y de otras entidades, a través de apoderado, contra el municipio de Santiago de Cali, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por las acreencias no canceladas luego de finalizada la liquidación de Calisalud EPS-S.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad Civil, es competente para conocer de la ejecución de actos administrativos expedidos por los agentes liquidadores en los cuales se reconocen acreencias dinerarias, en los términos de la cláusula general de competencia prevista por el artículo 15 del Código General del Proceso, lo cual incluye las demandas que se presenten en contra de un ente territorial que asumió el pago de las obligaciones de la empresa liquidada.
Sobre la base de las razones expuestas, la Sala Plena encuentra que la demanda ejecutiva materia de análisis le corresponde tramitarla al Juzgado 11 Civil del Circuito de Cali.
Por consiguiente, ordenó remitir el expediente a dicha autoridad judicial, para que continúe el trámite de la citada demanda y comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 11 Civil del Circuito de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, y DECLARAR que el Juzgado 11 Civil del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la Clínica Guadalajara de Buga y otras entidades en contra del municipio de Santiago de Cali.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2323 al Juzgado 11 Civil del Circuito de Cali para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.