A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia
- Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá D.C..
La controversia se origina cuando la empresa CASAVAL S.A presentó una solicitud ante la Supersalud para que ordenara a la Nueva EPS a pagar una incapacidad que otorgó a favor de uno de sus trabajadores.
Mediante un Auto la Superintendencia recordó que no tiene como competencia el reconocimiento y pago de prestaciones económicas y remitió el escrito al despacho judicial precitado.
La Corte precisó que el precitado asunto no corresponde a un conflicto entre jurisdicciones y que ello le impide pronunciarse sobre el particular, por cuanto sus atribuciones se restringen a aquellas que han sido asignadas en las normas constitucionales y legales.
Con base en la anterior se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso remitir el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Lo anterior, en virtud de que los Tribunales Superiores del Distrito Judicial tienen la condición de superiores funcionales de la Superintendencia Nacional de Salud, cuando ésta ejerce funciones jurisdiccionales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Ante la falta de competencia para el efecto, declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, segun lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-925 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.