A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia sobre asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la jurisdicción ordinaria civil
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado 11 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 6° Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
El conflicto nace por una demanda ejecutiva interpuesta por el Hospital Departamental Universitario de Caldas -Santa Sofía ESE-, en contra del Fondo Financiero Distrital de Salud, con el fin de que se libre mandamiento de pago por unas sumas de dinero que están en facturas que sirven de título de recaudo.
La Corte confirmó el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, el cual resuelve el mismo utilizando la regla de decisión establecida en el artículo 15 del CGP y el artículo 104.6 del CPACA, mediante la cual se establece que el de las demandas en las que se reclama ejecutivamente el pago de una obligación contenida en unas facturas expedidas por una ESE con fundamento en el Decreto 4747 de 2007, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 11 Civil Municipal de Manizales para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdiccion suscitado entre el Juzgado 11 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 6deg Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 11 Civil Municipal de Manizales es la autoridad competente para conocer del proceso ejecutivo ordinario presentado por el Hospital Departamental Universitario de Caldas, Santa Sofia ESE contra el Fondo Financiero Distrital de Salud.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-869 al Juzgado 11 Civil Municipal de Manizales para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados y al Juzgado 6deg Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.