A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante William Esteban Gomez Molina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Denegar por cuanto no existió vulneración del debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad del Auto 895/21, mediante el cual se rechazó el recurso de súplica, al evidenciarse una ruptura argumentativa y falta de congruencia entre la demanda y su posterior corrección.
El peticionario argumentó la afectación al debido proceso.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR la nulidad formulada, al constatar que la decisión adoptada en el auto cuestionado no fue arbitraria ni desconoce el debido proceso del accionante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad formulada por el ciudadano William Esteban Gómez Molina, en el proceso de constitucionalidad D-14.404.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Notifíquese y cúmplase.
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Presidente
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- No firma-
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RÍOS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.