Micelio
Auto11 de octubre de 2000

A- de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Matilde Gonzalez De Martinez

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó en el presente caso inaplicar por inconstitucionales los dos primeros incisos del numeral 2 del Art. 1 del Decreto 1382 de 2000.

Para la Corte es claro que el Presidente de la República carece de competencia para introducir modificaciones al Art. 37 del Decreto 2591 de 1991, como las que efectivamente introdujo a esa norma legal mediante el referido artículo, pues ello corresponde al Congreso de la República mediante ley.

En consecuencia, se remitió el expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca para que asuma el conocimiento de la acción de tutela instaurada por la ciudadana de la referencia contra el Juzgado 34 Civil del Circuito y la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. En el presente caso, INAPLICANSE, por inconstitucionales, los dos primeros incisos del numeral 2 del artículo 1 del Decreto 1382 de 2000. En consecuencia, REMITASE el expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca para que asuma el conocimiento de la acción de tutela instaurada por Matilde González de Martínez contra el Juzgado 34 Civil del Circuito y la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.