Micelio
Auto28 de febrero de 2017

A- de 2017

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

✓Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Desacato
  • Improcedencia para el caso
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de apertura de incidente de desacato en contra de los Directores Generales del Departamento para la Prosperidad Social y la Unidad para las Víctimas, formuladas por diferentes ciudadanos por el presunto incumplimiento de las órdenes dictadas en la Sentencia SU.254/13.

La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 recuerda que mediante Auto 373/06 ordenó una serie de medidas para garantizar el goce efectivo del derecho a la indemnización de la población desplazada, medidas sobre las cuales continúa realizando su labor de seguimiento.

Igualmente precisa, que no ha evidenciado una verdadera desidia o negligencia por parte de la administración en asumir sus responsabilidades respecto del cumplimiento de la sentencia de unificación referenciada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR la apertura de los incidentes de desacato por presunto incumplimiento a las órdenes contenidas en la sentencia SU-254 de 2013, de acuerdo con lo expuesto en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. DECLARAR RESERVADO el anexo de la presente providencia. A éste sólo tendrán acceso las autoridades vinculadas en el cumplimiento de la sentencia SU-254 de 2013.
  3. TERCERO. NOTIFICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a los peticionarios relacionados en el anexo de este auto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.