Salvamento de voto al Auto 094 06Referencia: expediente ICC-986Peticionario: CIELO GONZALEZ VILLATal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página---
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo Penal Municipal De Neiva Y El Consejo Seccional De La Judicatura Del Huila. Ordena Remitir El Expediente Al Consejo Seccional De La Judicatura Del Huila Sala Jurisdiccional Disciplinaria
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado