Micelio
Auto11 de octubre de 2000

A- de 2000

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Gonzalo Orlando Zambrano Pinto

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó inaplicar el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, en relación con la acción de tutela de la referencia por ser contrario a la Constitución Política, toda vez que para la Corte es claro que el Presidente de la República carece de competencia para introducir modificaciones al Art. 37 del Decreto 2591 de 1991, como las que efectivamente introdujo a esa norma legal mediante el citado artículo, pues ello corresponde al Congreso de la República mediante ley.

Se dirimió el conflicto de competencia suscitado con ocasión de la tutela, a que se refiere la parte motiva de este auto, en el sentido de que su conocimiento corresponde al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil-, al que será enviado el expediente para su tramitación inmediata.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Inaplicar, en relacion con la accion de tutela a que se refiere esta providencia el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. Dirimir el conflicto de competencia suscitado con ocasion de la accion de tutela promovida por el ciudadano Gonzalo Orlando Zambrano Pinto, a que se refiere la parte motiva de este auto, en el sentido de que su conocimiento corresponde al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota -Sala Civil-, al que sera enviado el expediente para su tramitacion inmediata.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.