Micelio
Auto11 de octubre de 2000

A- de 2000

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Carlos Alberto Maya Restrepo

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Septiembre 11 /00
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se confirma el numeral primero del auto del 11 de septiembre del 2000 que fue recurrido en súplica por el actor.

Lo anterior, porque la Sala consideró que se ajusta a derecho el auto del Magistrado Sustanciador, en cuanto admitió la demanda contra el Art. 33 de la Ley 9/91, en lo acusado, y la rechazó respecto de la expresión “del Congreso de la República”, porque mediante la Sentencia C-449/92 la Corte sólo se pronunció en relación con la inexequibilidad de dicha expresión, y no sobre el resto de la norma acusada.

Sin embargo, se abstuvo de pronunciarse en relación con la impugnación hecha por el actor contra el numeral segundo del referido auto.

En consecuencia, se envió el expediente al despacho del magistrado ponente para que continúe con el trámite del proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el numeral
  2. primero. del auto del 11 de septiembre del año en curso, proferido por el magistrado Alvaro Tafur Galvis, que fue recurrido en súplica por el actor.
  3. SEGUNDO. Abstenerse de pronunciarse en relación con la impugnación hecha por el actor contra el numeral
  4. segundo. del referido auto.
  5. TERCERO. En consecuencia, ejecutoriado este auto, envíese el expediente al despacho del magistrado ponente Alvaro Tafur Galvis, para que conforme a lo decidido en esta providencia continúe con el trámite del proceso.
  6. CUARTO. Contra esta providencia no cabe recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.