A- de 2000
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Carlos Alberto Maya Restrepo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad de decretarlas
- No decreto de totalidad de pruebas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se confirma el numeral primero del auto del 11 de septiembre del 2000 que fue recurrido en súplica por el actor.
Lo anterior, porque la Sala consideró que se ajusta a derecho el auto del Magistrado Sustanciador, en cuanto admitió la demanda contra el Art. 33 de la Ley 9/91, en lo acusado, y la rechazó respecto de la expresión “del Congreso de la República”, porque mediante la Sentencia C-449/92 la Corte sólo se pronunció en relación con la inexequibilidad de dicha expresión, y no sobre el resto de la norma acusada.
Sin embargo, se abstuvo de pronunciarse en relación con la impugnación hecha por el actor contra el numeral segundo del referido auto.
En consecuencia, se envió el expediente al despacho del magistrado ponente para que continúe con el trámite del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el numeral
- primero. del auto del 11 de septiembre del año en curso, proferido por el magistrado Alvaro Tafur Galvis, que fue recurrido en súplica por el actor.
- SEGUNDO. Abstenerse de pronunciarse en relación con la impugnación hecha por el actor contra el numeral
- segundo. del referido auto.
- TERCERO. En consecuencia, ejecutoriado este auto, envíese el expediente al despacho del magistrado ponente Alvaro Tafur Galvis, para que conforme a lo decidido en esta providencia continúe con el trámite del proceso.
- CUARTO. Contra esta providencia no cabe recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.