Micelio
Auto4 de febrero de 2026

A-088/26 de 2026

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Tema · dato duro
Controversia Relacionada Con El Recobro De Prestaciones No Incluidas En El Plan De Beneficios De Salud-Pbs.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 007 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 015 Laboral del Circuito de Barranquilla, causado por una demanda ordinaria laboral instaurada por la Previsora S.A actuando como sociedad fiduciaria del PA de Remanentes Par Caprecom Liquidado, contra el Departamento del Atlántico, la Secretaría Departamental de Salud del Atlántico y el Municipio de Candelaria, Atlántico, para solicitar que se condene a las demandadas al pago de unos servicios de salud garantizados a la población afiliada del departamento del Atlántico, municipio de Candelaria.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el asunto que se debate es un asunto económico que pretende el pago de recursos de esfuerzos propios, cuyo valor se estableció por medio de Liquidación Mensual de Afiliados.

Este procedimiento, mediante el cual se definen los valores a pagar por concepto de esfuerzos propios, está en cabeza del Estado y se sufraga con dineros públicos, que se descuentan del monto a girar a las EPS por UPC.

Es dable resolver con la regla de decisión del Auto 721/21, según la cual, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer de litigios que pretendan reclamar el pago de la UPC al Estado por prestaciones del antes POS, hoy PBS, conforme el artículo 104 del CPACA, porque trata de controversias de carácter exclusivamente económico contra entidades públicas, que cuestiona el pago de un valor liquidado dentro de un procedimiento de carácter administrativo a cargo del Estado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.