A- de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Olga Ascanio Sanchez Y Otro Vs Finagro Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Remisión expediente a quien se repartió en primer lugar
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado entre la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cúcuta y el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Cúcuta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y de analizar el caso en concreto, la Sala Plena resuelve el conflicto ordenando enviar el expediente a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cúcuta, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar, respecto del amparo constitucional deprecado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Tribunal Superior de Cucuta, Sala Civil-Familia, el 3 de diciembre de 2013, dentro de la accion de tutela promovida por Olga Ascanio Sanchez y Argelino Becerra Vacca, actuando por intermedio de apoderado judicial, contra FINAGRO y el Banco Agrario de Colombia S.A.
- Segundo. REMITIR al Tribunal Superior de Cucuta, Sala Civil-Familia, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por los accionantes (ICC-1980), para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral de Cucuta, la decision adoptada en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.