A- de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Guillermo Leon Puerta Ramirez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
- Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Reiteración de improcedencia
- Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
- Procedencia excepcional supeditada a duda que impida su entendimiento
- Rechazar solicitud de aclaración de sentencia T-105/12 por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración de la sentencia T-105/12.
El memorialista precisó que el fallo debe ser aclarado en su parte resolutiva, en el sentido de adicionarlo para incluir la fórmula que el ISS debe utilizar para liquidar la pensión de vejez concedida.
La Sala de Revisión resolvió RECHAZAR la solicitud de aclaración impetrada, toda vez que consideró que la decisión adoptada en la sentencia T-105/12no dio lugar a dubitación alguna, puesto que no contiene expresiones o afirmaciones de difícil comprensión y contó con la especificidad y concreción necesarias para su cumplimiento.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RECHAZAR la solicitud de aclaracion de la Sentencia T-105 de 2012, proferida por la Sala Sexta de Revision en febrero 20 del mismo ano.
- Contra el presente auto no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.