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A. 083/02
Salvamento de votoAuto A. 083/023 de julio de 2002

Salvamento de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Salvamento de voto al Auto 083 02 Referencia: expediente ICC - 378Peticionaria: Maritza Barrero FlorezTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Auto 044 98 M. P. José Gregorio Hernández Galindo Auto admisorio de fecha 3 de diciembre de 2001, proferido por el Consejo de Estado que suspendió provisionalmente sus efectos. M.P. Dra. Clara Inés Vargas Hernández Consejo de Estado. - Sala Plena de lo Contencioso Administrativo. Sentencia del 23 de julio de 1996Consejero Ponente: Doctor Juan Alberto Polo Figueroa. Referencia: Expediente Nº S612 (3367). Actor: Guillermo Vargas Ayala. Autoridades Nacionales. Consejo de Estado. Sección Primera. Exp. 4135.

C. P. Manuel S. Urueta Uyola Sentencia C-531 de 1993 Sentencia C-054 de 1993 Sentencia C-028 de 1997. M.P. Alejandro Martínez Caballero

Salvamento de Jaime Araujo Rentería — A. 083/02 · Micelio