A- de 2020
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Jimmy Alberto Fory Gonzalez Y Otros·Demandado Ley 1121 De 2006
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia sobre irregularidades que impliquen violación del debido proceso
- Carácter excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La demanda de inconstitucionalidad de la referencia fue inadmitida mediante auto del 13 de enero 2020 y ésta providencia fue notificada por estado del 15 de enero de la misma anualidad. .
Teniendo en cuenta que los demandantes se encuentran recluidos en un establecimiento penitenciario y carcelario y, en aras de garantizar el acceso a la administración de justicia, mediante auto del 3 de febrero del 2020 el despacho sustanciador ordenó requerir a la Secretaría Jurídica de la precitada cárcel para que informara si las notificaciones de los autos antes mencionados habían sido puestos en conocimiento de los destinatarios Luego de recibir constancia de notificación y por no haberse recibido escrito de corrección dentro del término legal correspondiente, mediante auto del 6 de febrero del 2020 la demanda fue rechazada.
No obstante lo anterior, el 16 de febrero de la presente anualidad se recibió escrito de corrección en el cual se observa sello de recibo del INPEC que data del 16 de enero de 2020.
Al corroborar que los accionantes presentaron ante el INPEC el escrito de corrección dentro del término de ejecutoria, la Sala Plena de la Corporación decidió declarar la nulidad de rechazo y proceder al estudio del escrito de subsanación de la demanda, el cual fue presentado de forma oportuna por los actores.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR la nulidad del auto de rechazo del 6 de febrero de 2020, por el cual se dispuso el rechazo de la demanda formulada por los ciudadanos Jimmy Alberto Fory Gonzalez, Harley Jenfers Canar Canar y Alexis Jair Herrera Meza y, en consecuencia, proceder al estudio del escrito de correccion, de conformidad con las consideraciones generales de esta providencia.
- SEGUNDO. NOTIFICAR personalmente a los sujetos procesales la determinacion tomada en esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Secretaria que, una vez notificado este auto, remita el expediente al magistrado sustanciador para que adelante el analisis del escrito de subsanacion de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.