A- de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Andres Felipe Gomez Jaramillo Vrs Batallon De Infanteria No. 32 General Pedro Justo Berrio·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Tribunal Superior
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Reiteración Auto 124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
Efectuado el respectivo reparto administrativo, le correspondió el conocimiento de la acción de tutela al Tribunal Superior de Antioquia, Sala Laboral, quien se abstuvo de darle trámite por considerar que la competencia para asumir el asunto era de los jueces del circuito o con categoría de tales de la ciudad de Medellín.
Efectuado nuevo reparto, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Medellín Piloto en la Oralidad consideró que el citado Tribunal inobservó las reglas que determinan la competencia en materia de tutela, así como el reiterado precedente de la Corte Constitucional y decidió rechazar la acción constitucional y proponer el Conflicto de Competencia.
La Sala reitera el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela, recuerda el significado del término “competencia a prevención” y decide remitir el expediente al Tribunal Superior de Antioquia, Sala Laboral para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el Auto proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, Sala Primera Laboral, el 2 de marzo de 2012, dentro del expediente ICC-1818.
- Segundo. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, Sala Primera Laboral, el expediente ICC-1818, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Andres Felipe Gomez Jaramillo, quien actua por intermedio del Personero Municipal de Amaga, Antioquia, contra el Batallon de Infanteria Ndeg 32 General "Pedro Justo Berrio".
- Tercero. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, Sala Primera Laboral, que en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte, sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente Auto.
- Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Medellin Piloto en la Oralidad, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.