A- de 2016
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Reinalda Sierra Contrerasq·Demandado Juzgado 1 Civil Del Circuito Especializado En Restitucion De Tierras De Bucaramanga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga y la Sala Civil Fija de Decisión Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Considera la Corte que el Tribunal de Bucaramanga tenía el deber constitucional de dar trámite a la solicitud de amparo formulada y que no podía sustentar su falta de competencia en el Decreto 1382 de 2000, entre otras circunstancias, porque la presunta vulneración de derechos se concretó en un municipio adscrito a su jurisdicción.
Se decide la controversia ordenando la remisión del expediente a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga, para que tramite la acción de tutela invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 25 de octubre de 2015 mediante el cual la Sala de Decision Civil-Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela interpuesta por Reinalda Sierra Contreras.
- Segundo. REMITIR el expediente a la la Sala de Decision Civil-Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga para que de tramite a la accion referida.
- Tercero. Por secretaria General, COMUNICAR a la Sala Civil Fija de Decision Especializada en Restitucion de Tierras del Tribunal Superior de Cucuta lo resuelto por esta Corporacion.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.