A- de 2011
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Apoderado Judicial Del Señor German Cartagena·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional para el cumplimiento de fallos de tutela aplicada en circunstancias especiales
- Competencia del juez de primera instancia
- Facultad para hacer cumplir sus fallos
- Rechazar por improcedente en sentencia T-923/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de verificación de cumplimiento de la sentencia T-923/08.
El Juzgado Sexto Civil del Circuito remitió el expediente de tutela a la Corporación, con escrito en el cual señalaba que el Seguro Social cumplió con la orden establecida en la sentencia de la referencia.
El accionante continuó considerando que no hay cumplimiento total de la orden proferida y en tal sentido, el referido juzgado pidió que se verificara si el accionado cumplió con la parte motiva y resolutiva de la sentencia de tutela.
La Sala resuelve no asumir la verificación solicitada y dispone devolver la petición al juzgado de origen, para que sea éste quien verifique si la resolución del ISS se ciñó a lo dispuesto en la sentencia T-923/08y actúe de conformidad con sus competencias.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud promovida por el apoderado judicial del señor Germán Cartagena Forero, para que la Corte Constitucional por vía excepcional haga cumplir la sentencia de T- 923 de 2008.
- SEGUNDO. ORDENAR la remisión del expediente al Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogotá, para que actúe de acuerdo con sus competencias y verifique el cumplimiento del fallo de conformidad con la parte motiva y resolutiva de la sentencia de T- 923 de 2008.
- TERCERO. COMUNICAR al señor Germán Cartagena Forero de la decisión adoptada en este auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.