A- de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Angel Urbano Velasquez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inaplicación para el caso
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitución Política, en relación con la tutela promovida por el ciudadano de la referencia contra el Seguro Social y el Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital.
En virtud de lo anterior, debe declararse que la competencia para conocer de la tutela corresponde al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá.
Esto es así porque la tutela se dirigió al Juez Laboral del Circuito de Bogotá y por reparto le correspondió a aquél, siendo, por tanto, el competente para su conocimiento de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 86 de la Carta.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Inaplicar el articulo 1deg del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica, de acuerdo con lo expuesto en la motivacion de este pronunciamiento y en relacion con la accion de tutela promovida por Angel Urbano Velasquez contra el Seguro Social y el Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital.
- SEGUNDO. Enviese el expediente al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Bogota.
- TERCERO. Enviese copia de este pronunciamiento al Juzgado Sesenta y Dos Civil Municipal de Bogota.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.